07 de octubre de 2026
Buenas prácticas para el fortalecimiento de la confianza en el canal de ética
Buenas Prácticas para el Fortalecimiento de la Confianza en el Canal de Ética
João Guilherme da Hora Costa; Bárbara Teles Araújo Silva
DOI: 10.22167/2675-6528-202603037
Artículo derivado del Trabajo de Conclusión de Curso (TCC), con contenido basado en el trabajo original del alumno y adaptado al formato editorial de la Revista E&S con el apoyo de la herramienta ResumeAI, solución de inteligencia artificial desarrollada por el Instituto Pecege para síntesis y organización textual.
Resumen
El canal de ética se ha consolidado como un mecanismo relevante para la identificación de irregularidades y desvíos de conducta en el ámbito organizacional. Sin embargo, a pesar de su incentivo y obligatoriedad normativa, se observó resistencia a su uso por parte de los stakeholders. El estudio tuvo como objetivo examinar las principales dificultades relacionadas con la implementación y operación del canal, así como identificar medidas capaces de mitigar estas barreras y fortalecer su credibilidad ante los públicos interno y externo. La investigación se desarrolló en dos etapas complementarias: una fase teórica, que analizó la doctrina especializada y la legislación brasileña aplicable, y una fase empírica, que consistió en la realización de entrevistas semiestructuradas con profesionales del área de Compliance. Los resultados permitieron identificar requisitos esenciales para el funcionamiento adecuado del canal y evidenciaron buenas prácticas, como comunicación institucional clara, capacitación continua, compromiso de la alta dirección, flujo estructurado de tratamiento, salvaguardas al denunciante, divulgación criteriosa de resultados y monitoreo permanente. Se constató que las debilidades más recurrentes se derivaron de factores predominantemente comunicacionales, susceptibles de mitigación por estrategias de aculturamiento consistentes y segmentadas. Se concluyó que la confianza en el canal de ética es estructurante para su eficacia, y las vulnerabilidades identificadas pueden ser sustancialmente mitigadas por comunicación estratégica, contribuyendo a una cultura de integridad que valora la transparencia y el tratamiento técnico de las irregularidades.
Palabras clave: Credibilidad; Denuncia; Integridad; Stakeholders; Whistleblower.
1. Introducción
El reciente movimiento brasileño de incentivo a la adopción de una cultura de integridad en el sector privado ha impulsado la creación y el perfeccionamiento de sistemas de gestión orientados a la prevención, detección y remediación de irregularidades, desvíos, fraudes y demás ilícitos en el entorno corporativo. En este escenario, el canal de denuncias, ampliamente conocido como canal de ética, se ha consolidado como uno de los principales mecanismos de naturaleza detectiva, al funcionar como medio de comunicación institucional destinado, exclusivamente, al reporte de conductas irregulares. La importancia de este instrumento se ve corroborada por datos de la Association of Certified Fraud Examiners (2024), que indican que el 43% de los fraudes corporativos identificados tuvieron origen en relatos remitidos por esta vía, un porcentaje más de tres veces superior al verificado en el segundo método de detección más recurrente.
La difusión de esta herramienta se deriva de prácticas desarrolladas en Estados Unidos, donde los denunciantes, denominados “whistleblowers”, son históricamente incentivados a reportar irregularidades, ya sea por medio de recompensas financieras o por la oferta de protección contra eventuales represalias (Veríssimo, 2017). García Moreno (2018) destaca que el “whistleblower” suele ser un “stakeholder”, es decir, una parte interesada con vínculo directo con la organización, lo que le confiere mayor conocimiento sobre el funcionamiento interno y acceso a información sensible. Con la evolución de los programas de integridad, los canales de ética pasaron a constituir una alternativa institucional para los reportantes, que antes recurrían a las autoridades públicas o a la prensa, permitiendo a las organizaciones acceso anticipado a las irregularidades y reduciendo el riesgo de exposición externa inesperada.
Desde la perspectiva normativa, el ordenamiento jurídico brasileño reconoció y legitimó el canal de denuncias como un componente relevante de los programas de integridad. Esto se desprende del Decreto nº 11.129/2022, que reglamenta la Ley nº 12.846/2013 (Ley Anticorrupción), y del Decreto nº 12.304/2024, que reglamenta la Ley nº 14.133/2021 (Ley de Licitaciones y Contratos Administrativos). Además, la Ley nº 14.457/2022, al instituir el Programa Emprega + Mulheres, hizo obligatoria la implementación del instrumento por parte de sociedades empresarias que posean una Comisión Interna de Prevención de Accidentes y de Acoso, con el fin de prevenir y enfrentar el acoso sexual y otras formas de violencia en el trabajo.
A pesar de su relevancia y respaldo legal, el canal de ética puede ser percibido con desconfianza por los “stakeholders”. García Moreno (2018) advierte que, cuando el sistema de gestión de la integridad se muestra inefectivo, el mecanismo de reporte tiende a verse directamente impactado, resultando en su mala utilización o incluso en su inactividad. La confianza del autor del relato depende, sobre todo, de la percepción de que estará protegido contra eventuales represalias, lo que hace indispensable la existencia de salvaguardas claras y efectivas. La credibilidad del canal también se ve afectada cuando las denuncias no son tratadas con seriedad, cuando no hay adopción de medidas correctivas o cuando la organización, especialmente su alta administración, no demuestra su apoyo explícito. Adicionalmente, la doctrina destaca que persisten estigmas asociados al acto de denunciar, pudiendo el reportante ser percibido por su entorno de forma peyorativa, como un “delator” (Guillén Ortega, 2021; Espín, 2017), lo que exige el refuerzo de que la comunicación de la irregularidad ocurre en pro del interés colectivo.
Ante este panorama, se percibe que, si bien es esencial para la promoción de la integridad, la herramienta debe estructurarse de manera que transmita seguridad y credibilidad a los actores organizacionales. El presente trabajo tiene como objetivo identificar y analizar las percepciones de profesionales experimentados en el área de compliance, respecto a las principales fragilidades relacionadas con la implementación y operación del canal de ética, así como presentar prácticas capaces de mitigarlas, contribuyendo al fortalecimiento de la confianza de los públicos involucrados y, consecuentemente, a su funcionamiento eficaz.
2. Material y Métodos
El presente estudio se caracterizó como una investigación de naturaleza cualitativa, con enfoque exploratorio y descriptivo, buscando profundizar la comprensión sobre la confianza en el canal de ética. La metodología adoptada fue delineada para investigar un fenómeno complejo, que involucra percepciones y experiencias subjetivas de los individuos. La investigación se estructuró en dos etapas complementarias, con el objetivo de un análisis exhaustivo del tema. La primera etapa consistió en una fase teórica, mientras que la segunda comprendió una fase empírica, ambas interconectadas para proporcionar una visión integrada.
La fase teórica se desarrolló a través de investigación bibliográfica y documental. La investigación bibliográfica se realizó a partir de literatura especializada en el área de Compliance, incluyendo libros, manuales y artículos científicos. Para la selección de los materiales, se utilizó el Portal de Búsqueda Integrada de la Universidad de São Paulo (USP), garantizando el acceso a fuentes académicas relevantes y actualizadas. Esta etapa permitió la fundamentación conceptual del estudio, explorando los principales debates y conceptos sobre el canal de ética y su credibilidad.
Paralelamente a la revisión bibliográfica, se llevó a cabo una investigación documental centrada en la legislación nacional aplicable. Se analizaron normas como la Ley nº 12.846/2013, la Ley nº 14.133/2021, el Decreto nº 11.129/2022, la Ley nº 14.457/2022, el Decreto nº 12.304/2024 y la Portaria Normativa SE/CGU n° 226/2025. El análisis documental se limitó a la legislación federal, de acuerdo con la delimitación del alcance del trabajo, con el objetivo de identificar el marco normativo que legitima y regula el canal de denuncias en Brasil.
La fase empírica consistió en la recolección de datos a través de entrevistas semiestructuradas. En virtud de la participación directa de seres humanos, el proyecto de investigación fue sometido y aprobado por el Comité de Ética en Investigación del Pecege, bajo el Certificado de Presentación para Apreciación Ética (CAAE) nº 93777925.5.0000.9927. Se realizaron cinco entrevistas con profesionales que actúan en el área de Compliance, todos con carreras consolidadas y reconocida experiencia en organizaciones privadas instaladas en Brasil.
Los participantes de la investigación tenían edades comprendidas entre 40 y 60 años, con trayectorias profesionales desarrolladas predominantemente en la región Sudeste de Brasil. Del total de entrevistados, tres eran de sexo masculino y dos de sexo femenino. En observancia a los principios de minimización de datos y proporcionalidad, no se recopiló información sobre etnia, orientación sexual o religión, por considerarse innecesarias para los objetivos del estudio y para mitigar el riesgo de identificación. A todos los participantes se les informó la posibilidad de revelar su identidad, pero optaron por mantener el anonimato.
Las entrevistas se realizaron utilizando un guion previamente elaborado, que se encuentra en el apéndice de este trabajo. El guion se ajustó según el diálogo con cada participante, permitiendo la captación de percepciones, ejemplos prácticos y matices relevantes para la comprensión de los fenómenos estudiados. Las entrevistas buscaron identificar los beneficios de un mecanismo de reporte eficaz, los principales desafíos relacionados con su estructuración e implementación, las expectativas del denunciante y sugerencias de buenas prácticas. La realización de las entrevistas y la elaboración de sus transcripciones ocurrieron a través de la plataforma de videoconferencia “Zoom”.
Los datos recopilados se analizaron cualitativamente, centrándose en la identificación, interpretación e integración de las percepciones presentadas por los entrevistados. La elección del enfoque cualitativo se justificó por la naturaleza del objetivo del estudio, que buscaba comprender la confianza en el canal de ética, un fenómeno que involucra percepciones, experiencias y significados que no pueden ser adecuadamente medidos por estadísticas. Según Prodanov y Freitas (2013), la investigación cualitativa permite explorar la relación entre la realidad observada y la subjetividad de los individuos, siendo la interpretación de los significados atribuidos por los participantes un elemento central de la investigación.
Para auxiliar en el proceso de sistematización de los datos brutos, totalmente anonimizados, provenientes de las entrevistas, se utilizó el servicio de inteligencia artificial “Microsoft Copilot”. Esta herramienta también se empleó para traducir artículos científicos analizados y para revisar la cohesión, coherencia y claridad textual del trabajo. Es importante resaltar que el uso del “Microsoft Copilot” tuvo carácter exclusivamente instrumental, no sustituyendo la interpretación analítica del investigador. Todas las categorizaciones y conclusiones presentadas resultaron de una evaluación crítica propia del autor.
3. Resultados y Discusión
El análisis de los datos recopilados, tanto de la literatura especializada y legislación como de las entrevistas con profesionales de Compliance, reveló que el canal de ética se ha consolidado como un mecanismo fundamental para la detección de irregularidades en el entorno corporativo. Se observó que, a pesar del incentivo normativo y de su probada eficacia en la identificación de desvíos, existe una resistencia significativa a su uso por parte de los stakeholders. Esta resistencia se debe, principalmente, a una percepción de desconfianza y a una comprensión inadecuada sobre la finalidad y los límites del canal, lo que compromete su credibilidad y, consecuentemente, su efectividad en la promoción de una cultura de integridad.
La doctrina especializada, según Espín (2017), destaca la importancia del “whistleblower” en la revelación de escándalos financieros y de corrupción, impulsando la adopción de sistemas de protección a los reportantes, como la Ley Sarbanes-Oxley (SOx) en Estados Unidos. Guillén Ortega (2021) define el canal como una estrategia de fiscalización interna que permite a los stakeholders reportar irregularidades, posibilitando la investigación de los hechos y la aplicación de medidas correctivas. Giovanini (2016) complementa, resaltando el papel de la herramienta en la gestión de riesgos y en el diseño de controles internos, además de su función pedagógica en la sensibilización para comportamientos irregulares.
En el contexto brasileño, la legislación reconoce la relevancia del canal de denuncias como componente esencial de los programas de integridad. El Decreto nº 11.129/2022, que reglamenta la Ley Anticorrupción, y el Decreto nº 12.304/2024, que reglamenta la Ley de Licitaciones y Contratos Administrativos, establecen el canal como uno de los parámetros para la evaluación de estos programas. Adicionalmente, la Ley nº 14.457/2022 hizo obligatoria la implementación del instrumento en empresas con Comisión Interna de Prevención de Accidentes y de Acoso, con el fin de combatir el acoso sexual y otras formas de violencia en el trabajo, lo que refuerza el amparo normativo para su existencia y operación.
La investigación empírica, basada en entrevistas con profesionales de Compliance, confirmó la percepción de que un canal de ética eficaz permite identificar irregularidades que, a menudo, escaparían a los controles internos tradicionales. Los entrevistados destacaron que el canal posibilita el tratamiento interno y rápido de las desviaciones, lo que reduce impactos jurídicos, financieros y operacionales, mitigando costos asociados a la exposición externa. Esta capacidad de respuesta interna, según Silva y Sousa (2017), tiende a generar impactos menos graves que la divulgación pública de información sensible, preservando la imagen y la estrategia organizacional.
Adicionalmente, los profesionales entrevistados enfatizaron que el canal contribuye al perfeccionamiento de la gestión de riesgos y a la generación de aprendizajes institucionales a partir de las irregularidades detectadas y tratadas. Esta perspectiva se alinea al posicionamiento de Saad-Diniz (2019), quien defiende una actuación sistémica del canal, capaz de producir métricas cualificadas sobre la capacidad organizacional de identificar y responder a conductas lesivas, superando una visión meramente punitiva. El mecanismo, por lo tanto, no solo detecta, sino que también actúa preventivamente, inhibiendo comportamientos inadecuados y fortaleciendo una cultura organizacional orientada por la ética, la transparencia y la responsabilidad.
A pesar de estos beneficios, la principal debilidad identificada para el funcionamiento adecuado del canal de ética reside en la dificultad generalizada de los stakeholders para comprender su real finalidad y limitaciones. Esta incomprensión, según la mayoría de los entrevistados, se deriva de una comunicación institucional inconsistente. Se observó que los denunciantes interpretan frecuentemente el canal como una instancia policial o judicial, esperando castigos inmediatos y severos. Cuando las investigaciones no resultan en sanciones visibles, la percepción común es que “no se hizo nada”, comprometiendo la credibilidad del proceso.
Para mitigar esta barreira comunicacional, evidenciou-se a necessidade de um aculturamento contínuo dos públicos envolvidos. É fundamental que a comunicação institucional distinga o canal de ética de outros canais internos, como os de gestão de pessoas ou atendimento ao cliente, e delimite seu uso às questões de natureza corporativa, afastando sua aplicação a problemas estritamente pessoais. Deve-se evitar discursos que antecipem juízos de valor, retóricas de “tolerância zero” ou promessas de punições automáticas, pois tais posturas criam expectativas incompatíveis com a natureza técnica e imparcial do instrumento.
La adopción de capacitaciones y acciones de comunicación claras, accesibles y continuas, alineadas a la realidad institucional y dirigidas a los diversos públicos, es una práctica esencial. La difusión amplia del canal a través de canales institucionales como sitios web corporativos, intranets, newsletters y redes sociales, asegura que cualquier parte interesada pueda registrar denuncias. La inclusión de información detallada sobre el funcionamiento y las garantías del canal en los códigos de conducta de colaboradores y terceros, según lo señalado por los entrevistados, facilita el acceso a la información y refuerza las orientaciones de forma orgánica.
La comunicación coherente en el momento del registro de la manifestación, a través de “disclaimers” en el “front-end” de la herramienta, también resultó crucial. Estos avisos deben explicitar el funcionamiento y los límites del canal, las salvaguardas ofrecidas al denunciante y el tipo de retorno que podrá ser puesto a disposición. Esta comunicación inicial, cuando se realiza con objetividad y transparencia, permite establecer expectativas realistas y contribuye significativamente a la construcción de la confianza necesaria para el uso adecuado y responsable del mecanismo, desmitificando percepciones equivocadas sobre su propósito y alcance.
La simplificación del lenguaje en la comunicación institucional fue otro punto relevante destacado. Discursos excesivamente técnicos o abstractos tienden a alejar a los actores organizacionales. Se recomienda traducir conceptos como ética, integridad y gestión de riesgos a situaciones concretas del día a día, utilizando analogías con la vida familiar y social. Esta estrategia facilita la comprensión y la internalización del contenido, fortaleciendo el sentido de pertenencia y demostrando que las prácticas de integridad no son ajenas a la experiencia humana, sino que integran procesos intuitivos ya vividos por los individuos.
Sin embargo, se reconoce que un remanente de personas podría utilizar el canal de ética de mala fe, con el fin de difamar o calumniar. En estos casos, es fundamental explicitar que tales situaciones no otorgan el goce de las salvaguardas destinadas a los denunciantes de buena fe. Una vez comprobada la falsedad de la información, se deben adoptar las medidas pertinentes, incluyendo la responsabilización en las esferas jurídica y disciplinaria, para preservar la integridad del sistema y evitar el uso indebido de la herramienta.
El papel de la alta dirección, denominado frecuentemente “tono desde la cúpula”, es un factor determinante para la credibilidad del canal y la consolidación de la cultura de integridad, según Veríssimo (2017). El apoyo efectivo del liderazgo, aliado a la expresión pública de este compromiso, influye directamente en los valores y las normas que orientan la actuación de la institución. Sin embargo, los entrevistados expusieron que el propio liderazgo, en algunas situaciones, adopta posturas que comprometen la robustez del mecanismo, como el temor a la exposición personal, la percepción de amenaza a su poder o la visión del canal como un costo meramente formal.
La posibilidad de interferencias en investigaciones que involucren a miembros de la alta dirección es una circunstancia que debilita el sistema de gestión de integridad. En este sentido, el aculturamiento del liderazgo es esencial y demanda un tratamiento propio, con la creación de espacios de diálogo para que puedan expresar temores y dudas de forma abierta. Es necesario desmitificar el canal de ética, presentando criterios de admisibilidad, filtros y etapas de selección, para que sea percibido como una herramienta de gestión de riesgos, y no de castigo o vigilancia, promoviendo una comprensión más estratégica de su valor.
La presentación de evidencia empírica a la dirección, como la discusión de casos concretos y de prácticas adoptadas por organizaciones con mayor grado de madurez en Compliance, auxilia en el proceso formativo. Este enfoque demuestra el desempeño del canal en la reducción de riesgos y en la mejora de procesos, evidenciando su relevancia en la detección y el tratamiento de irregularidades. Una vez comprometida, la alta dirección se vuelve apta para demostrar su apoyo efectivo a los demás stakeholders, participando activamente en comunicaciones institucionales y emitiendo mensajes espontáneos, más allá de discursos guionizados, fortaleciendo la legitimidad del proceso.
El flujo de recepción y tratamiento de denuncias debe ser claro y bien definido. Nieto Martín (2018) sostiene que la efectividad y el respeto a las normas dependen de la capacidad de detectar infracciones, investigarlas adecuadamente y aplicar sanciones. En el ámbito de la integridad corporativa, esto implica la adopción de políticas y procedimientos que delimiten de forma clara las etapas de recepción, selección, investigación y remediación de las desviaciones. La creación de una etapa estructurada de selección y juicio preliminar de plausibilidad, realizada por un área específica o profesional técnico, es fundamental para identificar indicios mínimos de autoría y materialidad, filtrar elementos emocionales y producir una versión objetiva de la denuncia.
Una vez superada la selección, el área de Compliance debe verificar, basándose en criterios objetivos, si existen elementos suficientes para iniciar una investigación formal, siguiendo un procedimiento estandarizado y aplicable a todos los involucrados, incluidos los miembros de la alta dirección, para evitar el casuismo. La etapa de investigación requiere técnica depurada e independencia funcional, con protocolos rígidos de confidencialidad y la prohibición de acceso por parte de personas no involucradas. Los entrevistados coincidieron en que el canal solo genera credibilidad cuando se opera con buena técnica, reglas estables y ausencia de interferencias indebidas.
La integración entre las áreas e instancias involucradas en el proceso investigatorio es crucial para la coherencia, seguridad jurídica y consistencia técnica del flujo. Esto incluye al equipo responsable del recibimiento y triaje, al área de Compliance por la investigación, al área jurídica por el análisis legal, al comité de ética por la deliberación estratégica y al gestor responsable por la ejecución de medidas disciplinarias. La elaboración y divulgación de un normativo interno específico, accesible y detallado, que discipline desde el registro hasta la devolución final, con plazos y salvaguardas claras, son medidas esenciales para fortalecer la credibilidad del mecanismo.
La protección del denunciante, con la preservación del anonimato y la prohibición de represalias, es un requisito de legitimidad y funcionalidad del canal de ética. García Moreno (2018) recomienda la disponibilidad de múltiples vías de acceso, como formularios electrónicos, línea telefónica, correos electrónicos y atención presencial, permitiendo al whistleblower elegir el medio más cómodo. Spinelli (2018) complementa, sugiriendo modalidades de registro que permitan al denunciante delimitar el grado de exposición de su identidad: totalmente anónima, confidencial o identificada, con garantías claras para cada opción.
Giovanini (2016) señala debilidades estructurales en la gestión interna del anonimato, como el reconocimiento de voz o el rastreo de IP, y sugiere la administración del canal por una sociedad externa y técnicamente cualificada para reducir riesgos de exposición y conflictos de interés. La prohibición de represalias es particularmente sensible en las relaciones laborales, donde la asimetría de poder puede disuadir al denunciante, como destaca Espín (2017). Medidas concretas, como la transferencia temporal del denunciante o el apartamiento del acusado, pueden prevenir represalias, según Guillén Ortega (2021), y los proveedores y terceros también deben ser protegidos, según Spinelli (2018).
La operacionalización de la política de no represalias es compleja y exige la evaluación caso por caso de medidas proporcionales y razonables, para proteger al denunciante de buena fe sin eximirlo de evaluaciones de desempeño o cambios legítimos de función. La solidez de esta prohibición depende menos de garantías absolutas y más de la capacidad de mantener la integridad del proceso de investigación y la gestión regular de las relaciones laborales. Este enfoque equilibrado es fundamental para que la protección no se desvirtúe y el canal mantenga su finalidad de promover la integridad.
La retroalimentación al denunciante y la divulgación de los resultados son aspectos sensibles, dada la tensión entre la confidencialidad del proceso de investigación y la preservación de la credibilidad de la herramienta. Aunque no existe una obligación legal en Brasil para que las organizaciones privadas divulguen desvíos, la ausencia de respuesta puede generar una percepción de inercia institucional. La investigación empírica evidenció que, si bien el denunciante actúa como colaborador del sistema de integridad, la decisión de denunciar frecuentemente involucra un componente emocional significativo, y la retroalimentación demuestra que el caso fue tratado con seriedad y diligencia.
En casos de acoso y discriminación, donde el denunciante y la víctima generalmente se confunden, la ausencia de cualquier retroalimentación puede ser percibida como una negación institucional del sufrimiento experimentado. Se recomienda que la retroalimentación se adopte con cautela, sin exponer detalles de la investigación y de las medidas de remediación, y que pueda realizarse verbalmente, reduciendo la percepción de inacción y preservando la confidencialidad. Además de la retroalimentación individual, la divulgación periódica y anonimizada de resultados agregados, con supresión de nombres, cargos y elementos identificadores, fortalece la transparencia y sirve como recurso pedagógico, demostrando que las denuncias producen efectos concretos.
La divulgación del nivel jerárquico del denunciado, incluso si es amplia y carece de detalles, demuestra equidad en la aplicación de las medidas disciplinarias, uno de los principales desafíos para la credibilidad del canal. Los resultados pueden abarcar la mejora de procesos internos, la revisión de controles y el aprendizaje derivado de las fallas, publicitando estos efectos como demostración de la contribución a la cultura de integridad, incluso cuando no culminan en sanciones individuales. La compilación y sistematización de datos para su publicación permiten un análisis agregado, identificando patrones recurrentes y dirigiendo capacitaciones y acciones de comunicación.
El monitoreo del canal de ética, a través de encuestas de percepción, es una práctica común que debe distinguir la evaluación del canal como mecanismo de reporte de la evaluación del proceso de investigación. Preguntas genéricas que mezclan estos dos procesos pueden generar diagnósticos distorsionados. Se recomienda que la evaluación inicial se concentre en criterios objetivos de calidad y usabilidad de la herramienta, como facilidad de acceso, claridad de las orientaciones y garantías ofrecidas. Solo después de esta etapa, sería adecuado examinar la percepción de los colaboradores sobre la conducción de las indagaciones y la imparcialidad del proceso.
Esta distinción metodológica permite identificar con precisión posibles fallos del canal en sí, posibilitando la adopción de medidas correctivas dirigidas a su mejora. La realización de pruebas rutinarias de calidad, desde la perspectiva del usuario final, evaluando aspectos como tiempo de respuesta, disponibilidad de atención y estabilidad técnica, es igualmente importante, especialmente en organizaciones multinacionales. La periodicidad de las encuestas de percepción y la constitución de grupos focales para analizar y profundizar los datos captados son esenciales para evitar interpretaciones superficiales o distorsionadas de los resultados.
En cuanto al acoso moral, sexual, prejuicios y discriminación, se observó un crecimiento expresivo de casos reportados en los canales de ética, superando los informes de fraude o corrupción. En estos casos, el denunciante es frecuentemente la propia víctima, lo que confiere al relato una elevada carga emocional y una fuerte expectativa de reconocimiento institucional. Es crucial desarrollar un análisis específico del tema y medidas para la adecuada acogida, investigación y tratamiento de estas situaciones, distinguiéndolas de reclamaciones genéricas o conflictos interpersonales que deben ser tratados por la gestión de personas.
Una práctica esencial es la aculturación sobre lo que efectivamente caracteriza acoso y otras formas de violencia en el trabajo, con la elaboración y amplia difusión de folletos educativos y capacitaciones específicas. Se debe, además, disponibilizar información clara sobre las instancias responsables del tratamiento de reclamaciones que no se enmarcan en el alcance del canal de ética, orientando adecuadamente a los interesados. La delimitación clara de la actuación investigativa, especialmente en casos con acervo probatorio limitado a la palabra del denunciante y del denunciado, es fundamental para evitar respuestas automáticas y excesivamente punitivas.
La investigación debe ser minuciosa, valorando el relato de la víctima, pero sin asumirlo como verdad absoluta, para evitar injusticias. La transparencia en la relación con la víctima, especialmente cuando la investigación no resulta en una medida disciplinaria por insuficiencia probatoria, es crucial. La cultura de integridad exige un equilibrio entre la acogida sensible de la víctima y el respeto a las garantías del investigado, preservando la imparcialidad y la técnica de la investigación. La señalización institucional de que toda denuncia de acoso será automáticamente considerada procedente puede, incluso, fomentar el “denuncismo”, incentivando el uso indebido del mecanismo.
Finalmente, el tratamiento de las denuncias que involucran a grupos históricamente vulnerabilizados, como mujeres, personas negras, personas con discapacidad y la comunidad LGBTQIAPN+, merece especial atención. La construcción del canal debe adoptar un enfoque inclusivo, reconociendo y respondiendo a las diferentes necesidades de estos grupos de interés. La creación de espacios de orientación y diálogo dirigidos a minorías sociales, incluso antes del registro formal de la denuncia, puede empoderar a los individuos y fortalecer la confianza necesaria para utilizar la herramienta. La inclusión de información clara y accesible en campañas institucionales de diversidad e inclusión refuerza la existencia del canal de ética y el compromiso con la prevención de conductas discriminatorias y de violencia en el trabajo, contribuyendo a reducir la distancia simbólica y fortalecer la percepción de legitimidad del mecanismo.
En resumen, la investigación demostró que el canal de ética es un pilar estratégico para la integridad organizacional, capaz de generar aprendizaje institucional y fortalecer la cultura ética, pero su eficacia está intrínsecamente ligada a la confianza de los stakeholders. Las fragilidades identificadas son predominantemente comunicacionales y culturales, no tecnológicas, y pueden ser mitigadas por estrategias de comunicación consistentes, capacitaciones continuas, compromiso de la alta dirección y un flujo de tratamiento estructurado. Estas buenas prácticas, como la retroalimentación individual y la divulgación anonimizada de resultados, son accesibles y de alto impacto, contribuyendo a una cultura de integridad que valora la transparencia y el tratamiento técnico de las irregularidades, respondiendo directamente al objetivo de fortalecer la confianza en el canal.
4. Conclusión
El presente estudio tuvo como objetivo examinar las principales dificultades relacionadas con la implementación y operación del canal de ética, así como identificar medidas capaces de mitigar estas barreras y fortalecer su credibilidad ante los públicos interno y externo. Se verificó que, a pesar de su relevancia y amparo normativo, el canal de ética enfrenta resistencia a su uso, derivada, sobre todo, de la desconfianza y de la comprensión inadecuada de su finalidad y límites por parte de los stakeholders. Los hallazgos indicaron que las fragilidades más recurrentes son de naturaleza comunicacional y cultural, y no tecnológica. Se identificó que la comunicación institucional clara, la capacitación continua, el compromiso de la alta dirección, un flujo estructurado de tratamiento, las salvaguardas al denunciante, la divulgación criteriosa de resultados y el monitoreo permanente son requisitos esenciales y buenas prácticas. Estas medidas contribuyen al fortalecimiento de la confianza en el mecanismo, promoviendo una cultura de integridad que valora la transparencia y el tratamiento técnico de las irregularidades.
Sin embargo, se reconoce que la investigación tiene limitaciones, como la muestra restringida a profesionales de organizaciones privadas, lo que impide la generalización de los resultados a otros sectores, como el poder público. Adicionalmente, el enfoque en la legislación federal no abarcó normas estatales, regulatorias o internacionales que podrían influir en la operación del canal de ética en diferentes contextos. La naturaleza cualitativa del análisis, aunque adecuada al objetivo exploratorio, no permite inferencias estadísticas ni conclusiones universalizables, sino interpretaciones contextualizadas de las percepciones recopiladas. Se sugiere, para estudios futuros, la realización de investigaciones cuantitativas sobre la percepción de colaboradores en diversos sectores económicos, investigaciones longitudinales para evaluar la evolución de la madurez institucional tras la implementación de buenas prácticas comunicacionales, y análisis específicos sobre casos de represalia, impacto de la cultura organizacional en el comportamiento del denunciante y eficacia de modelos híbridos de gestión del canal. La creciente judicialización de temas como el acoso y la discriminación también apunta a la necesidad de estudios interdisciplinarios que integren compliance, derecho laboral y psicología organizacional.
Referencias Bibliograficas
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Artículo originado del Trabajo de Conclusión de Curso de la Especialización en Compliance y ESG del MBA USP/Esalq
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